Locales 27 de Septiembre de 2021

Indemnización sí, Indemnización no

Indemnización sí, Indemnización no

Por: Julio Zaballa

Cada tanto y particularmente cuando la sociedad, cuando vota, se vuelca por políticas liberales y anti-obreras como las que se votó recientemente, sacan a relucir desde la maleta liberal del hoy “ganador”, temas como este, el de la indemnización como razón que impide la creación de fuentes laborales.

Si bien no tienen como demostrar la aplicación práctica de esta eliminación de un derecho intentado en los gobiernos en los que ellos actuaron, tanto constitucionales como en los golpes defacto, se reinventan haciendo uso de la desmemoria tan arraigada en la clase trabajadora, su familia y más aún en alguna dirigencia sindical.

Nuestra Constitución nacional establece en el Artículo 18 que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. ... Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. Por lo tanto despedir a una trabajadora o trabajador sin que medie este concepto, debe ser rechazado de plano por la familia trabajadora y sus dirigentes toda vez que el despido arbitrario sin causa que lo justifique y sin la compensación indemnizatoria correspondiente, que representa el capital acumulado por el trabajador generado durante el tiempo de trabajo, debe resultar rechazado encendidamente y repudiar en las urnas a todos aquellos que la propugnen.

¿Qué empleador puede tener intención de despedir a una trabajadora o trabajador que le resulta útil? Si en caso de no serlo en cuanto a las aspiraciones para lo que fue contratado, existen legalmente las herramientas para darlo de baja y en casos extremos debidamente justificados, sin pago de indemnización alguna. Por lo tanto, dejar sin efecto la indemnización y generar un despido por simple criterio del empleador, generará la liza y plena ESCLAVITUD de la trabajadora o trabajador, toda vez que la estabilidad en su empleo le significa estabilidad emocional, espiritual y de sostenimiento personal y familiar. Eliminar este derecho significa, y valga la reiteración, someter a la esclavitud del asalariado. Cada uno invente por si, los múltiples argumentos que empleadores desprejuiciados aplicarían para despedirlos…….y no se equivocaran.                 

Resulta oportuno reiterar algunos párrafos de comunicados que sobre la materia he puesto a consideración históricamente, donde expresaba:  que es común escuchar tanto a algunos empleadores como a ciertos profesionales contables, el argumento de lo costoso que es tener al trabajador registrado. Y como el ex presidente Macri, confiesan que:  tenemos que recurrir al trabajo en negro o al fraude de media jornada porque los aportes y contribuciones configuran casi el 50% de los sueldos” Falacia argumental sostenida, reitero, por la desmemoria de la familia trabajadora.

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Los APORTES, son DINEROS RETENIDOS del haber del trabajador (tributado por el propio trabajador para sostener beneficios adquiridos) que constan en cada recibo de sueldo, que configuran según la actividad 17 o 18%, reiteramos, aportado por el trabajador ( Régimen Jubilatorio, sostenimiento de jubilaciones y pensiones,  obra social, sindicato, seguros, etc.)

Luego están las CONTRIBUCIONES que realiza el empleador, que reiteramos según la actividad podría estar en el 30% de los salarios abonados. Esto es lo que abona y contribuye el empleador al sistema laboral. PERO, vale la aclaración para destapar el falso argumento:

1) El sistema previsional en nuestro país, es sostenido con los aportes de los trabajadores y contribuciones del empleador. Les recuerdo que en principio eran los trabajadores quienes crearon y sostuvieron este sistema, luego se PRENDIERON los empleadores (autónomos) y lamentablemente muchos otros que usufructuaron de los aportes y dejaron las cajas sin fondos.- Lo mismo podemos decir de la prestación asistencial ( sistema de obras sociales). Ante la ausencia del estado en cuanto a la atención igualitaria de la salud del trabajador y su familia se crearon a la luz de los sindicatos, las obras sociales, que hoy TAMBIÉN usufructúan muchos que reniegan de los sindicatos y la clase trabajadora.

2) Con los aportes a las obras sociales pasa de igual modo. Alguien debe sustituir al estado en esta materia. ¿Alguien se preguntó y apelo a su imaginación como sería la atención de su salud de no existir las obras sociales? ¿Se preguntó alguno cuantos ciudadanos estarían en condiciones de pagar los honorarios médicos y del resto de las prestaciones asistenciales con sus haberes jubilatorios o salarios? Imaginen a una pensionada o jubilado sin el PAMI, debiendo recurrir a una prepaga o al hospital público.

3) Luego vienen los costos de ART y no quiero creer que algún empleador quiera volver a los juicios por falta de cobertura. - Que es necesario perfeccionar en beneficio del trabajador, es real, pero por el momento es mejor que lo que teníamos a pesar de algunos picaros. -

4) Según la actividad surgen algunos otros costos a cargo del empleador, pero conviene aclarar que esos COSTOS, como muchos otros, son cargados a la mercadería que vende o fabrica. Seguro que alguno me dirá que le achica la RENTABILIDAD, pero me pregunto, ¿cuando uno tiene empleados, los tiene por obligación o porque la actividad productiva se lo requiere y por ende le produce mayor evolución y rentabilidad?

5) Estos mayores costos, ¿no lo pagan los CLIENTES que o casualidad, también son empleados públicos o privados que con su salario CONSUMEN incrementando las ventas? Pensar, por ejemplo, que la publicidad en los medios surge de la renta y no de un mayor costo en la mercadería es, por lo menos, ingenuo.

6) POR ULTIMO y para no hacerla mas larga. Las contribuciones que en actividades se realizan tanto para el sindicato como para los beneficios de cada trabajador, surge de la discusión de las convenciones colectivas de trabajo y/o salariales con los representantes de los empleadores de cada actividad de que se trata. Ejemplo: En la mesa de negociaciones luego de largo debate, queda consensuado que la rentabilidad del sector es del 20%. A partir de allí se discute como aplicarlo. La entidad sindical establece que un 15% irá al salario básico del trabajador y el 5% lo retendrá el empleador y destinará a otros beneficios (puede ser turismo, salud, educación, seguros, etc.), pero SIEMPRE es producto de la RENTABILIDAD que tiene el sector y al cual EL TRABAJADOR CONTRIBUYE INDISCUTIBLEMENTE, directa con su trabajo o indirectamente como consumidor. -

7) ALGO MAS, en el año 75 el producto bruto (reparto equitativo de la riqueza) se correspondía con el 50% a favor del trabajo, hoy apenas es el 20%- (luego vino el golpe del 76)     Alguien SE QUEDO CON EL RESTO. -                                                                                                 

JULIO ZABALLA       

DNI 5492952

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